Durante meses la Inspección de Trabajo ha ido acumulando testimonios de miles de trabajadores con una historia parecida. Todos habían sido despedidos por no superar el periodo de prueba, esa fase inicial en la que las empresas no tienen que pagar indemnización ni justificar motivos económicos u organizativos. Una forma rápida y muy barata de deshacerse de alguien. Y ahora el Ministerio de Trabajo ha decidido cortarlo por lo sano.
El atajo que dejó abierto la reforma laboral
Los números hablan solos. En julio de 2020 se registraron 1.967 bajas de afiliación por no haber pasado la prueba. Las cifras provisionales de julio de 2026 apuntan a 4.940. Un salto enorme, y no por casualidad. La reforma laboral de 2022 redujo los casos en los que se podía firmar un contrato temporal, así que encadenar contratos cortos uno detrás de otro dejó de ser tan sencillo para las empresas.
Muchas encontraron otra salida. Contratar como indefinido y usar los primeros meses para librarse del empleado si no acababa de convencer, y volver a empezar con otro. Según el informe Balance del mercado laboral en 2025 elaborado por el sindicato USO con datos del SEPE, INE y Seguridad Social, las empresas españolas extinguieron 1,02 millones de contratos durante todo 2025 alegando que el trabajador no había superado la prueba.
El contraste con años anteriores es demoledor. Entre enero y julio de 2019 hubo 19.409 bajas por este motivo, y solo el 22% eran contratos indefinidos. Siete años después, en el mismo tramo de 2026, la cifra subió a 29.464, de las que 21.108 eran indefinidas. Es decir, el 71,66% de los despidos en periodo de prueba afectaban a empleados con contrato fijo.
Qué cambia con el nuevo decreto
El último Consejo de Ministros aprobó un real decreto que aprieta las tuercas. La ley sigue permitiendo un máximo de seis meses de prueba, pero ahora será más exigente. El contrato tendrá que especificar de antemano qué pruebas concretas debe superar la persona y qué tareas o funciones se van a evaluar. La idea es dar más argumentos al trabajador si el asunto termina delante de un juez, para que pueda demostrar que en realidad se trataba de un despido improcedente disfrazado.
El decreto no se queda solo ahí. Las empresas también tendrán que desglosar el salario base y cada complemento por separado, y explicar cómo se calculan las partes variables. Es la trasposición a España de la Directiva (UE) 2019/1152 aprobada en 2019 por el Parlamento Europeo, pensada para unas condiciones laborales más transparentes.
Y hay un punto que mira al futuro. Cuando un algoritmo decida turnos, ascensos o despidos, la empresa deberá informar de sus reglas de funcionamiento a los empleados afectados, para que la tecnología no sirva de tapadera ni esconda sesgos discriminatorios.
La norma no entra en vigor de golpe. Las empresas tendrán 20 días desde su publicación en el BOE para adaptar los contratos, un margen que la patronal había pedido para no dejar descolocadas a las pymes.
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El Ministerio de Trabajo endurece el periodo de prueba tras detectar despidos encubiertos. Nuevo decreto obliga a justificar y detallar las condiciones.Fuente
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