Jubilarse a los 63 años en España es posible, aunque no basta con soplar las velas correctas. Hay que cumplir una serie de requisitos bastante concretos, y lo curioso es que la edad no es el factor decisivo. Lo que manda es la pensión que va a quedar y los años cotizados. Todo gira en torno a un entramado de posibilidades donde el número de la edad importa menos de lo que parece.
Para situarnos, la edad de jubilación mínima en 2026 se sitúa en 66 años y diez meses para quien haya cotizado menos de 38 años y 3 meses, y baja a 65 años para quien iguale o supere esa cifra. Las jubilaciones anticipadas permiten adelantar el retiro hasta dos años, y ahí se abre la puerta a los 63. Pero solo en determinadas circunstancias.
Los tres requisitos que abren la puerta
La jubilación anticipada exige varias condiciones. La primera, haber cotizado un mínimo de 35 años en la Seguridad Social. La segunda, tener como máximo dos años menos que la edad de jubilación que corresponda. Y la tercera es la de verdad importante, porque la pensión que quede tras aplicar los coeficientes reductores debe ser superior a la cuantía de la pensión mínima que tocaría al cumplir 65 años según la situación familiar.
Aquí está el meollo del asunto. Nadie podrá prejubilarse a los 63 si la pensión que va a quedar resulta demasiado baja. Y para calcular esa cantidad entran en juego los coeficientes reductores, unos porcentajes que se restan por adelantar el retiro. Cuanto más se adelante y menos años se hayan cotizado, mayor será el recorte. Y ojo, porque esos porcentajes son definitivos. La pensión que queda tras aplicarlos es la que se cobrará durante el resto de la vida.
En 2026, los coeficientes de la jubilación anticipada voluntaria van del 2,81% al 21%. El porcentaje concreto depende primero de los meses de adelanto respecto a la edad ordinaria, y luego de lo cotizado, que se reparte en cuatro tramos distintos. Se aplica ese 21% máximo si se quiere adelantar todo lo posible, 24 meses completos, con menos de 38 años y 6 meses cotizados. En cambio, con solo un mes de adelanto y más de 44 años y 6 meses cotizados, la reducción baja hasta el 2,81%. Lo mejor, echar cuentas con el simulador de jubilación de la Seguridad Social.
Cuando el retiro no se pide voluntariamente
Todo lo anterior vale para las jubilaciones voluntarias. Pero existe también la anticipada involuntaria, la que llega por causas ajenas, como despidos colectivos u objetivos o resoluciones judiciales del contrato. Esta modalidad puede adelantar la edad ordinaria hasta 4 años si hay un mínimo de 33 años cotizados y si el interesado se inscribe como demandante de empleo al menos 6 meses antes de solicitarlo. Después, cada caso es un mundo.
Los autónomos pueden jubilarse anticipadamente de forma voluntaria con las mismas condiciones que los trabajadores por cuenta ajena, con idénticos mínimos y reductores. Y en el caso de los funcionarios, todo depende del régimen. Los del Régimen General tienen las mismas condiciones ya explicadas, mientras que los de Clases Pasivas pueden prejubilarse voluntariamente a los 60 años si acumulan 30 al servicio del Estado.
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Imagen: xataka.com
