Bizum sigue siendo la herramienta favorita para cuadrar gastos entre amigos, esa cena a medias o el regalo compartido, y en ese terreno la Agencia Tributaria no mete las narices. Lo ha confirmado más de una vez, esos movimientos entre particulares quedan fuera del radar fiscal. La cosa cambia, y mucho, cuando hablamos de autónomos y empresas, porque ahí la plataforma se ha convertido en el centro de las inspecciones.
Desde principios de este año, cobrar por Bizum siendo profesional o comercio está bajo lupa. Hacienda ha empezado a mandar cartas de requerimiento a trabajadores por cuenta propia por descuadres en la contabilidad. Y ojo, en la mayoría de los casos no hay intención de ocultar nada, simplemente hay desajustes entre lo que declaran los bancos y lo que el profesional refleja en sus liquidaciones de impuestos.
De dónde viene todo esto: el Real Decreto 253/2025 y el Modelo 170
La base legal está en el Real Decreto 253/2025, publicado en el BOE, que modificó el reglamento de las actuaciones de gestión e inspección tributaria. La norma entró en vigor el 1 de enero de 2026 y cambió de raíz las obligaciones de bancos, entidades de pago y de dinero electrónico. Antes informaban de los cobros una vez al año y solo si superaban cierto volumen. Ahora es distinto, tienen que enviar una declaración mensual mediante el Modelo 170.
Ese modelo detalla los cobros que hacen empresarios y profesionales, ya sea por tarjeta o por pagos ligados a un número de móvil, y no hay ningún importe mínimo, entra todo. CaixaBank y BBVA recuerdan que esto no crea un impuesto nuevo, pero sí refuerza el control. El problema surge cuando Hacienda cruza de forma automática lo que el banco declara en el Modelo 170 con las bases del Modelo 303 de IVA o los pagos fraccionados de IRPF.
Cinco errores que descuadran las cuentas y cómo evitarlos
Los expertos apuntan a cinco fallos habituales. Mezclar Bizum personales con la cuenta del negocio es el primero, porque si el número está dado de alta como profesional, cualquier abono cuenta como facturación. Luego están los cobros por cuenta de terceros, típicos en gestorías o estancos, donde solo debe declararse la comisión. Las propinas también lían, porque no forman parte de la base del IVA pero se suman al total mensual del banco.
Faltan dos. Las devoluciones y anulaciones entre trimestres generan desfases entre los modelos, y las operaciones exentas de IVA, como la asistencia médica, provocan divergencias frente a los registros bancarios. La recomendación de la propia Bizum y de los asesores es tener dos líneas y cuentas separadas, una personal y otra profesional.
Si llega una notificación, toca aportar documentación ordenada con cuadros de conciliación, libros de facturas, informes de liquidación y registros de devoluciones. Y no conviene ignorar el aviso, porque desatender un requerimiento formal acarrea sanciones del artículo 203 de la Ley General Tributaria, con multas que van de los 250 a los 600 euros.
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Imagen: xatakamovil.com
